domingo, 9 de noviembre de 2014

Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, El S...


LEY LACAP

TIENE POR OBJETO REGULAR LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS, QUE DEBEN CELEBRAR LAS INSTITUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.(LACAP)








Para mejor conocimiento comparto la ley completa. 

Desde las reformas del 2011, la LACAP ha ampliado esta figura para los procedimientos de Contratación. Aunque muchas Instituciones de la Administración Pública no dan el crédito suficiente o la importancia adecuada a dicho nombramiento, es necesario tener presente que éste es importante para un desarrollo adecuado, oportuno y eficaz del Objeto contractual. También es importante tener claro que el incumplimiento a los aspectos señalados en la normativa, por parte de quien ejerza dicho rol, traerá diferentes consecuencias y sanciones para el funcionario público. Hay que tener presente el Principio Constitucional, en cuanto a que todo funcionario público no tiene más facultades que las que expresamente da la Ley.




 La ley tiene como fin regular las contrataciones y adquisiciones de la administración pública, al mismo tiempo se tiene que definir todas las partes que la ley alcanza a habilitar o a restringir, también habrán exclusiones para las cuales la ley no podrá ser aplicada tal es el caso de la contratación de servicios personales que realicen las instituciones de la administración pública.

En cuanto a la aplicación de la ley y su reglamento se entenderá que es todas las acciones que conllevan a la ley LACAP, para los casos en los que no se pueda aplicar la ley se recurrirá al derecho común.

En cuanto a la UNAC será un ente rector que velara por el cumplimiento de la ley, sus disposiciones, reglamentos y manuales a nivel nacional, pero también podemos decir que la UNAC dependerá directamente del ministerio de hacienda. Para el monitoreo de la UNAC fue creada la UACI, y su establecimiento se da dentro de cada institución de la administración pública, la UACI será la encargada de hacer cumplir todas las disposiciones de la LACAP dentro de cada una de las instituciones públicas.

En el caso que ya habíamos mencionado de las municipalidades, ellas no reportan a la UNAC más sin embargo tienen la obligación de cumplir la ley y para ello podrán asociarse para el establecimiento de una UACI, la cual velara por que se cumplan las responsabilidades y funciones en las municipalidades que la conformen y podrá estar dirigida por los mismos empleados municipales o miembros del consejo municipal.






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