miércoles, 12 de noviembre de 2014

LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO


TIENE POR OBJETO ESTABLECER UN RÉGIMEN JURÍDICO ESPECIAL, QUE SE APLICARÁ A LAS ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.





 SIGNIFICADOS:

Asociaciones: es la acción y efecto de asociar o asociarse (unir una persona a otra para que colabore en algún trabajo, juntar una cosa con otra para un mismo fin, establecer una relación entre cosas o personas)








Fundaciones: permite nombrar a la acción y efecto de fundar (establecer, crear o edificar algo).






domingo, 9 de noviembre de 2014

Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, El S...


LEY LACAP

TIENE POR OBJETO REGULAR LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS, QUE DEBEN CELEBRAR LAS INSTITUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.(LACAP)








Para mejor conocimiento comparto la ley completa. 

Desde las reformas del 2011, la LACAP ha ampliado esta figura para los procedimientos de Contratación. Aunque muchas Instituciones de la Administración Pública no dan el crédito suficiente o la importancia adecuada a dicho nombramiento, es necesario tener presente que éste es importante para un desarrollo adecuado, oportuno y eficaz del Objeto contractual. También es importante tener claro que el incumplimiento a los aspectos señalados en la normativa, por parte de quien ejerza dicho rol, traerá diferentes consecuencias y sanciones para el funcionario público. Hay que tener presente el Principio Constitucional, en cuanto a que todo funcionario público no tiene más facultades que las que expresamente da la Ley.




 La ley tiene como fin regular las contrataciones y adquisiciones de la administración pública, al mismo tiempo se tiene que definir todas las partes que la ley alcanza a habilitar o a restringir, también habrán exclusiones para las cuales la ley no podrá ser aplicada tal es el caso de la contratación de servicios personales que realicen las instituciones de la administración pública.

En cuanto a la aplicación de la ley y su reglamento se entenderá que es todas las acciones que conllevan a la ley LACAP, para los casos en los que no se pueda aplicar la ley se recurrirá al derecho común.

En cuanto a la UNAC será un ente rector que velara por el cumplimiento de la ley, sus disposiciones, reglamentos y manuales a nivel nacional, pero también podemos decir que la UNAC dependerá directamente del ministerio de hacienda. Para el monitoreo de la UNAC fue creada la UACI, y su establecimiento se da dentro de cada institución de la administración pública, la UACI será la encargada de hacer cumplir todas las disposiciones de la LACAP dentro de cada una de las instituciones públicas.

En el caso que ya habíamos mencionado de las municipalidades, ellas no reportan a la UNAC más sin embargo tienen la obligación de cumplir la ley y para ello podrán asociarse para el establecimiento de una UACI, la cual velara por que se cumplan las responsabilidades y funciones en las municipalidades que la conformen y podrá estar dirigida por los mismos empleados municipales o miembros del consejo municipal.






miércoles, 29 de octubre de 2014

LEY DE BANCOS


LEY DE BANCOS 







La banca, de acuerdo a una de las acepciones del término, es el conjunto de bancos y banqueros. El concepto se utiliza para nombrar a las entidades dedicadas a facilitar la financiación. 


La noción de banca comercial está vinculada a los bancos que actúan como operadores  universales y que pueden ofrecer todos los servicios y las operaciones pasivas y activas que le son permitidas por ley. El banco comercial, por lo tanto, es un tipo de banco, como el banco de inversión o el banco hipotecario.


PARA CONOCER MÁS A FONDO AQUI ESTA LA LEY COMPLETA 

http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/ley-de-bancos




LAVADO DE DINERO

LAVADO DE DINERO 






El lavado de dinero o también conocido como lavado de capitaleslavado de activosblanqueo de capitales u operaciones con recursos de procedencia ilícita legitimación de capitales; es una operación que consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades lícitas y circulen sin problema en el sistema financiero. Para que exista blanqueo de capitales, es precisa la previa comisión de un acto delictivo de tipo grave, y la obtención de unos beneficios ilegales que quieren ser introducidos en los mercados financieros u otros sectores económicos.


CLASES DE DINERO SUCIO.

  • Dinero negro en sentido estricto: Es aquél que procede de actividades ilegales como robo, malversación de fondos, tráfico de drogas, tráfico de armas, prostitución, contrabando, etcétera. No puede ser declarado a la hacienda pública porque supondría una confesión del delito en cuestión.
  • Dinero negro en sentido amplio es también llamado en ocasiones dinero sucio: Es todo dinero que no haya sido declarado, sea cual sea el motivo. El caso más frecuente es la evasión de impuestos.
Como producto de la evasión de impuestos, el dinero negro puede suponer un problema para su propietario, puesto que es un indicio claro de un posible delito fiscal, y debe tratar de ocultar a la hacienda pública su existencia (evitando, por ejemplo, las entidades bancarias y gastándolo en bienes que no dejen rastro fiscal).
Como producto de actividades ilegales, el dinero negro puede ser un indicio de dichas actividades (la persona tiene una riqueza que no puede explicar). En estos casos, al procedimiento mediante el cual el dinero negro se hace pasar por dinero obtenido legalmente se le denomina blanqueo de capitales (lavado de dinero), y su objetivo es hacer que ese dinero tribute y figure oficialmente como procedente de una actividad lícita.

TÉCNICAS DEL LAVADO DE DINERO

Son muchos los procedimientos para lavar dinero, de hecho, la mayoría están interrelacionadas y suelen suceder de forma simultánea o sucesiva. Una característica común es que el lavado del dinero, en especial si es de grandes cantidades, suele costar una parte del dinero que se lava, por ejemplo, en forma de sobornos.
A continuación se enumeran los procedimientos más comunes de lavado de dinero:
  • Estructurar, trabajo de hormiga o pitufeo: División o reordenación de las grandes sumas de dinero adquiridas por ilícitos, reduciéndolas a un monto que haga que las transacciones no sean registradas o no resulten sospechosas. 
  • Complicidad de un funcionario u organización: Uno o varios empleados de las instituciones financieras pueden colaborar con el lavado de dinero omitiendo informar a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondos, generalmente su complicidad es causada por una extorsión y, a veces, obtendrá una comisión por ella.
  • Complicidad de la banca: Hay casos en que las organizaciones de lavado de dinero gozan de la colaboración de las instituciones financieras (a sabiendas o por ignorancia), dentro o que están fuera del mismo país, las cuales dan una justificación a los fondos objeto del lavado de dinero.
  • Mezclar: Las organizaciones suman el dinero recaudado de las transacciones ilícitas al capital de una empresa legal, para luego presentar todos los fondos como rentas de la empresa. Esta es una forma legal para no explicar las altas sumas de dinero.
  • Empresas fantasma: También conocidas como compañías de fachada o de portafolio. Son empresas legales, las cuales se utilizan como cortina de humo para enmascarar el lavado de dinero. Esto puede suceder de múltiples formas, en general, la "compañía de fachada" desarrollará pocas o ninguna de las actividades que oficialmente debería realizar, siendo su principal función aparentar que las desarrolla y que obtiene de las mismas el dinero que se está lavando. 
  • Compraventa de bienes o instrumentos monetarios: Inversión en bienes como vehículos,
    inmuebles, etc. (los que a menudo son usados para cometer más ilícitos) para obtener beneficios monetarios de forma legal. En muchos casos el vendedor tiene conocimiento de la procedencia del dinero negro que recibe, e incluso puede ser parte de la organización de lavado de dinero.
  • Contrabando de efectivo: Es el transporte del dinero objeto del lavado hacia el exterior. Existen algunas ocasiones en las cuales los blanqueadores de activos mezclan el efectivo con fondos transportados de otras empresas, para así no dejar rastro del ilícito.
  • Transferencias bancarias o electrónicas: Uso de Internet para mover fondos ilícitos de una entidad bancaria a otra u otras, sobre todo entre distintos países, para así no dar cuenta de las altas sumas de dinero ingresado. Para hacer más difícil detectar el origen de los fondos, es habitual dividirlos en entidades de distintos países, y realizar transferencias sucesivas.
  • Transferencias inalámbricas o entre corresponsales: Las organizaciones de lavado de dinero pueden tener ramificaciones en distintos países, por lo tanto la transferencia de dinero de una a otra organización no tiene por qué resultar sospechosa. En muchos casos, dos o más empresas aparentemente sin relación resultan tener detrás a la misma organización, que transfiere a voluntad fondos de una a otra para así enmascarar el dinero negro.
  • Falsas facturas de importación / exportación o “doble facturación”: Aumentar los montos declarados de exportaciones e importaciones aparentemente legales, de modo que el dinero negro pueda ser colocado como la diferencia entre la factura "engordada" y el valor real.
  • Garantías de préstamos: Adquisición de préstamos legalmente, con los cuales el blanqueador puede obtener bienes que aparentarán haber sido obtenidos de forma lícita. El pago de dichos préstamos hace efectivo el blanqueo.

para conocer mas sobre el lavado de dinero pueden consultar su ley la cual adjunto acontinuación. 

COMO TRABAJA EL LAVADO DE DINERO







martes, 16 de septiembre de 2014

LA BANCA Y EL SISTEMA FINANCIERO DE EL SALVADOR

¿ Qué es un banco? 



Un banco es una empresa comercial que realiza operaciones financieras con el dinero procedente de accionistas y clientes.

Un banco es una empresa financiera que se encarga de captar recursos en la forma de depósitos, y prestar dinero, así como la prestación de servicios financieros. La banca, o el sistema bancario, es el conjunto de entidades o instituciones que, dentro de una economía determinada, prestan el servicio de banco. La internalización y la globalización promueven la creación de una Banca universal.






EL SISTEMA FINANCIERO EN EL SALVADOR.

El sistema financiero en El Salvador es el conjunto de instituciones financieras que operan en un país con la finalidad de proveer servicios por medio de instrumentos financieros.
Las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI) actúan como intermediarias entre las personas que tienen recursos disponibles y las que solicitan esos recursos.


Entidades reguladoras y supervisoras


A continuación se detallan las funciones de cada una de las instituciones reguladoras y supervisoras las cuales son:



  • Banco Central de Reserva (BCR): tiene como objetivo velar por la entidad macroeconomica de el país y la de el sistema financiero.

  • Superintendencia del Sistema Financiero (SSF): Su función principal es vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables al BCR, bancos, financieras, sociedades de seguros, intermediarios financieros no bancarios, sociedades de garantía reciprocas e instituciones oficiales de crédito. Ademas le corresponde su fiscalización.

  • Superintendencia de Valores (SV): Su función principal es vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables a la bolsa de valores; las casa de corredores de bolsa, los almacenes generales  de depósitos  sociedades especializadas en el deposito y custodia de valores, sociedades clasificadoras de riesgo, etc. Ademas le corresponde su fiscalización. También inspecciona y vigila a los emisores, inscritos en el RPB.

  • Superintendencia de Pensiones (SP): Su función principal es vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables al Sistema de Ahorro para pensiones y al sistema de pensiones públicos, y especialmente a las instituciones administradoras de fondos de pensiones, al instituto nacional de pensiones de empleados públicos (INPEP) y al programa de invalides, vejez y muerte de ISSS; le corresponde su fiscalización. 

  • Instituto de Garantía de Deposito (IGD): Esta entidad actúa en aquellos casos de disolución y liquidación forzosa de un banco miembro, garantía los depósitos del publico hasta por $6,700.00 dolares por depositante. Así mismo, contribuye a la reestructuración de bancos miembros con problemas de solvencia, en defensa de los derechos de los depositantes y de el propio instituto.



¿Cómo trabajan los bancos? 






SERVICIOS QUE PRESTAN LOS BANCOS



 Los Bancos ofrecen una diversidad de servicios bancarios, diseñados para las necesidades particulares de empresas y personas naturales. Se especializa en el financiamiento para las muy pequeñas, pequeñas y medianas empresas; así como en brindar diferentes opciones de depósitos incentivando la cultura del ahorro.

El objetivo de Banca Salvadoreña es apoyar a los empresarios salvadoreños y consolidar relaciones de largo plazo con sus clientes.


CRÉDITOS:

Los créditos están enfocados en brindar productos y servicios crediticios según las necesidades de sus clientes: muy pequeña, pequeña y mediana  empresa. Financiamos montos desde $5,000 y trabajan con diversos sectores tales como: agrícola, comercio, industria, ganadero, pesquero,  servicios y transporte.

Sectores que atendemos: Comercio, Producción, Servicios, Transporte y Agrícolas.


AHORRO E INVERSIÓN:


Los bancos ofrecen una amplia  gama de productos con el propósito de satisfacer las necesidades de los clientes, a través de servicios tales como: cuenta corriente, cuenta de ahorro, cuenta de ahorro programado, cuenta de ahorro programado infantil, depósito a plazo fijo.

Cuenta corriente: es un contrato bancario donde el titular efectúa ingresos de fondos. Con una cuenta corriente se puede disponer de los depósitos ingresados de forma inmediata a través de talonarios, cajeros automáticos o la ventanilla de la caja o banco

Cuenta de ahorro: es un depósito ordinario a la vista (producto pasivo), en la que los fondos depositados por la cuenta habiente tienen disponibilidad inmediata y generan cierta rentabilidad o intereses durante un periodo determinado según el montón ahorrado.

Cuentas de ahorro programadas: Es una cuenta de ahorro con un compromiso de ahorro mensual mínimo, cuyos fondos no se encuentran disponibles hasta cumplir con el periodo y monto previamente acordados.

Depósitos a plazo: son sumas de dinero entregadas a una institución financiera, con el propósito de generar intereses en un período de tiempo determinado.


TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES:



Estos son otorgados para los servicios de transferencia hacia todos los países del mundo, a través de sus amplias redes de bancos corresponsales.



jueves, 11 de septiembre de 2014

Auditoria Gubernamental

AUDITORIA GUBERNAMENTAL





Es el mejor medio para verificar que la gestión pública se haya realizado con economía, eficacia, eficiencia y transparencia, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. La auditoría se ha convertido en un elemento integral del proceso de responsabilidad en el sector público. La confianza depositada en el auditor gubernamental ha aumentado la necesidad de contar con normas modernas que lo orienten y permitan que otros se apoyen en su labor.































Normas de Auditoría Gubernamental

En el siguiente enlace podrán encontrar más información detallada sobre la auditoria gubernamental. 

http://www.minec.gob.sv/administrator/components/com_docestandar/upload/documentos/Normas%20de%20la%20Auditoria%20Gubernamental%20-%20corte%20de%20cuentas.pdf

Responsabilidad y Prohibiciones del contador Público


Los contadores públicos intervendrán en forma obligatoria en los 
siguientes casos: 

a) Autorizar las Descripciones de los Sistemas Contables, los Catálogos de 
Cuentas y Manuales de Instrucciones que deben llevar los comerciantes, a los 
que la Ley exige llevar contabilidad y a quienes deseen un sistema contable.  

b) Legalizar los requisitos o libros que deben llevar todos los comerciantes, 
de conformidad con las leyes de la materia, previa solicitud del interesado por 
escrito y autenticada

c) Dictaminar sobre el cumplimiento de las obligaciones profesionales que deben 
observar los comerciantes, de conformidad a las leyes pertinentes entre otras más.



Responsabilidad hacia la sociedad.


El Contador Público en el desempeño de su función, cualquiera que sea su campo de actuación, debe mantener independencia de criterio, ofreciendo el mayor grado de objetividad e imparcialidad. Sus actuaciones, informes y dictámenes deben basarse en hechos debidamente comprobables en aplicación de los principios de contabilidad (NIC) y de auditoria (NIA) y las técnicas contables aprobadas por la profesión en los Congresos Nacionales e Internacionales.


Responsabilidad hacia quien patrocina el servicio.



Ningún Contador Público podrá beneficiarse haciendo uso de la información que obtenga en el ejercicio de la profesión, ni podrá comunicar dicha información a otras personas, que se aprovechen de la misma. El Contador Público podrá consultar o intercambiar impresiones con otros colegas en cuestiones de criterio o de doctrina, pero nunca deberá proporcionar datos que identifiquen a las personas o negocios de que se trate, a menos que sea con consentimiento de los interesados.